En los próximos días
(versión del INRENA- Perú) el
Presidente del Perú Dr. Alejandro Toledo
firmará el Decreto Supremo que establecerá
la "RESERVA NACIONAL AYMARA LUPAQA"
a la actual "Zona Reservada Aymara Lupaqa"
creada mediante D.S. 002-96-AG con una área
total de 300,000 hectáreas. La nueva
Reserva Nacional afecta en lo principal a
los distritos de Capaso, Condoriri y Masu
Cruz (Entre las provincias de El Collao y
Chucuito). Igualmente la vigencia de la zona
de amortiguamiento conocida como "Zona
Reservada Aymara Lupaqa" afecta a los
distrito de Pizacoma, Huacullani, Zepita y
Desaguadero de la cita provincia de Chuchito.
La iniciativa de conservar
la biodiversidad de las zonas alto andinas,
ciertamente es una gran iniciativa y digna
de felicitación. Toda vez, que la iniciativa
la conservación, uso racional y el
reparto equitativo entre todos los hombres
y mujeres promueve la sustentabilidad de manejo
de los recursos naturales; dado que ello obedece,
a una aspiración internacional dispuesta
por Convenio de Diversidad Biológica
y igualmente de conformidad a la normatividad
del Estado peruano.
Pero, ¿en que medida
es verdad este discurso de Conservación?,
¿es verdad que las comunidades campesinas/
indígenas no saben conservar los recursos
naturales, o acaso los olvidaron? ¿En
qué medida las comunidades indígenas
campesinas saben si esta será beneficioso
o contradictorio? los territorios ancestrales
a ser declarado Reserva Nacional ¿seguirán
siendo de los actuales dueños o perderán
la titularidad?.
Para responder a estas interrogantes,
comenzaré diciendo que según
la legislación peruana, las Áreas
Naturales Protegidas del que será "RESERVA
NACIONAL AYMARA LUPAQA" es "Patrimonio
de la Nación y de Dominio Público".
Como tal y de conformidad al artículo
Primero del DS. 001-2000-AG toda Área
de Conservación debe inscribirse en
los Registro Públicos como Patrimonio
de la Nación. Es decir las tierras
de las comunidades involucradas que cuentan
con titulo de propiedad y posición
ancestral pasaran a ser propiedad de Estado.
Resultado, las comunidades pierden la titularidad
de sus tierras que tradicionalmente las han
ocupado.
No obstante, que la Ley de
Áreas Naturales Protegidas (Ley 26834)
garantiza en teoría el derecho de uso
sostenible de los recursos naturales, pero
pierden la titularidad de sus tierras. Esto
significa que los comuneros pasan a ser inquilinos
de sus propias tierras, dado que para cualquier
actividad futura dentro de la Reserva Nacional
los comuneros deberán consultar y pedir
autorización al NUEVO DUEÑO
que es el Estado Peruano.
Ser inquilinos significa,
por ejemplo tener una casa comprada o heredada,
el nuevo dueño puede ordenar que se
pase el agua l luz a las personas que buenamente
crea conveniente. Lo que implica por ejemplo
que el conflicto trasvase de aguas de las
alturas los garantiza el Gobierno. Es decir
el gobierno es libre de concesionar, ordenar
el trasvase de aguas, tal como los quiere
hacer actualmente con las comunidades alto
andinas de Puno.
En suma, el establecimiento
mediante Decreto Supremo de la nueva Reserva
Nacional Aymara Lupaqa no es otra cosa que
una "ESTRATEGIA DE OCUPACIÓN DE
TIERRAS INDÍGENAS". Dado que toda
el área a ser declarada pasa directamente
a ser propiedad de Estado. Por tanto, el Estado
como nuevo dueños es libre de concesionar
a personas o entidades cuando los crea conveniente
o expulsar a los que hasta son dueños.
No obstante la aspiración
de uso racional y la pretendida conservación
es loable y aplaudible, no puede aceptarse
bajo ningún concepto que la titularidad
de las Áreas Naturales Protegidas sea
propiedad exclusiva y monopolio del Estado.
Esta opción es rechaza por mayoría
de los movimientos indígenas del mundo
entero y algunos de sus aliados ecologistas
y ambientalistas. Entre los principales en
América latina son CISA, COICA, CONAIE,
ECUARUNARI, CONAMAQ, CONIVE, FDUTCLP entre
otros que viene denunciando en diferentes
foros internacionales.
Además, la Nueva Reserva
Nacional, es una forma de despojo directo
del patrimonio de los pueblos que tienen continuidad
histórica y cultural, por tanto esto
constituye una violación de los derecho
humanos y cósmicos; no solo eso, sino
también es una forma de discriminación
y exclusión sociocultural al no haberse
consultado de BUENA FE como los ordena el
Convenio 169 de la OIT, al igual que el "Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos",
"Convención Internacional sobre
la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación Racial", entre
otros de derecho internacional.
Algunos de los comuneros
afectados por la nueva RESERVA han manifestado
que nunca fueron consultados sino solo mencionan
haber asistido a algunos talleres de capacitación
con prebendas clientelares. El taller mencionado
coincide con la versión de los propios
técnicos y profesionales que elaboraron
el expediente técnico. Por tanto un
TALLER no es sinónimo de CONSULTA PREVIA
DE BUENA FE. Ni se ha mostrado los resultados
de los Estudias de Impacto Ambiental.
Finalmente, no es verdad
que las comunidades ancestrales involucradas,
no sepan manejar racionalmente sus recursos
naturales, si bien es cierto que existe un
indebido uso, esta no pueden ser tildados
como los depredadores de los recursos naturales
y del medio ambiente. Dado que estas comunidades
los han conservado el equilibrio ecológico
desde tiempos inmemoriales. Los resultados
están la vista, la convivencia de los
pueblos como LUPAQAS, QOLLAS y PACAJES anterior
al ESTADO CONFEDERADO del TAWANTINSUYO del
que también formaron parte.
En suma, el establecimiento
de Reserva Nacional en más que un beneficioso
una contradicción para el desarrollo
sustentable del altiplano. A futuro, tal como
viene ocurriendo con la Reserva Nacional del
Titicaca, nacerán los conflictos socio
ambientales y esto de ninguna forma garantiza
la sustentabilidad de los recurso naturales
alto andinos. Los agentes del Gobierno deben
entender que la cuestión socio cultural
no puede ser desligada de la pachamama (es
decir vivir como inquilinos de su propia tierra).
El establecimiento de Reserva
Nacional debería garantizar la mejora
socio económica de las comunidades
involucradas y de reducir los altos niveles
de pobreza y reducción de hambrea,
tal como es la aspiración de los Objetivos
del Desarrollo del Milenio y ratificados en
Johannesburgo (2002).
Lamentablemente la nueva
Reserva Aymara Lupaqa esta muy lejos de contribuir
a las aspiraciones de necesidad internacional
y nacional.
La concretización
de este hecho es la continuidad de despojo
de las mejoras tierras a las fuimos objeto
en la colonia, luego a partir de 1821 se continuo
con esta nefasta practica a nombre de la hacienda
que fue prácticamente una traición
del sector minoritario criollo opresor del
INDIO, traición que continua a la fecha
a nombre de desarrollo y conservación.
Por la autonomía de
las comunidades originarias y su libre determinación
y en la búsqueda de que otro mundo
si es posible, contribuyamos la unidad en
la diversidad para vencer a los Estos neoliberales
criollos. Unamos nuestras voces para ser escuchados.
Sostenemos que ninguna forma de desarrollo
es posible sin la activa participación
de sus protagonistas ni de pretender separar
la diversidad biológica con la diversidad
cultural y espiritual. En suma, todo ello,
es la vigencia de continuidad histórica
y cultural; que es la LIBRE DETERMINACION.
Si queremos garantizar realmente
la sustentabilidad de la Diversidad Biológica
del altiplano, los verdaderos dueños
de las hermosas tierras alto andinas junto
a sus recursos naturales deben seguir siendo
"dueños" de ella, donde la
titularidad no sea un imaginario sino una
fortaleza y potencialidad de seguridad y de
soberanía alimentaría.
Territorio de Aymaras Lupaqas y Quechuas
(Puno), 29 de abril del 2005