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INDIGENA |
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| ¿Qué
es Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos? |
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| El
derecho civil y político esta referido
al derecho que tienen los pueblos indígenas
o comunidades a disfrutar de todos los derechos
humanos existentes. Los comités de las
Naciones Unidas encargados de vigilar la aplicación
de los acuerdos jurídicamente vinculantes
son: El Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos; el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
la Convención Internacional sobre la Eliminación
de todas las Formas de Discriminación Racial;
y la Convención sobre los Derechos del
Niño. Entidades que se encargan de examinar
las denuncias de violaciones de acuerdos internacionales
y analizar los informes de los Estados sobre la
aplicación de esos tratados. |
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| Los
pueblos indígenas y sus organizaciones
pueden presentar sus denuncias a través
del procedimiento "1503", creado por
el Consejo Económico y Social para el examen
de los cuadros persistentes de violaciones de
los derechos humanos, y los procedimientos previstos
en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos. Los relatores
especiales encargados de investigar la situación
de los derechos humanos en determinados países
o de preparar informes sobre determinadas materias. |
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| Por
lo tanto, los gobiernos y las autoridades deben
garantizar que se satisfaga las principales necesidades
humanas, tanto materiales como espirituales para
el buen desarrollo de la vida. Toda vez, que,
todas las personas tenemos derecho a la vida y
nadie debe atentar contra ella. Ninguna persona,
mucho menos las autoridades, pueden decidir sobre
la vida de los pueblos. |
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Objetivos
principales del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos; |
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| Toda
persona humana tiene derecho a la vida al igual
que los todos los pueblos y a la libre determinación,
lo que comprende el derecho a establecer la condición
política propia y a proveer a su desarrollo
económico, social y cultural. |
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| Ninguna
persona humana puede ser sometida a tortura ni
a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes,
al igual que nadie puede ser sometido a detención
o prisión arbitraria mientras no se demuestre
el grado de culpabilidad. |
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| Toda
persona tiene derecho a la libertad de pensamiento,
de conciencia y de religión. Y todos tienen
el derecho a la igualdad ante los tribunales,
lo que comprende el derecho a ser oído
públicamente y con las debidas garantías
y el derecho a recibir asistencia jurídica
gratuita y la asistencia de un intérprete
en caso de ser necesario. |